SWAPPERS S.A.C. | Documento 1.19
| Versión | 1.0 |
|---|---|
| Fecha | 22 de julio de 2026 |
| Estado | Versión definitiva |
Principio jurídico esencial: Una alianza estratégica permite organizar contractualmente una cadena de prestación, pero no transfiere, extiende ni «presta» a SWAPPERS una licencia, registro, autorización o pasaporte regulatorio de un tercero. Cada participante debe actuar dentro de su propia capacidad y habilitación; SWAPPERS solo ofrecerá, comercializará, coordinará o ejecutará un componente cuando su rol concreto sea lícito en el país, para el cliente y el producto de que se trate.
Identidad: SWAPPERS S.A.C., RUC N.º 20613830082, inscrita en la Partida Electrónica N.º 15853079 de la Oficina Registral de Lima, con domicilio en Av. Javier Prado Este N.º 4200, Dpto. 301, Int. S6L, Urb. Santa Constanza, Santiago de Surco, Lima, Perú. Consultas: [email protected]. Cumplimiento: [email protected]. Privacidad: [email protected].
Última actualización: 22 de julio de 2026. Esta Declaración debe leerse junto con el Aviso Legal, la Declaración de Estatus Regulatorio 1.2, los Términos Generales B2C/B2B 1.5–1.6, la Política de Cumplimiento 1.4, la Política Integral de Privacidad 1.11–1.14 y el Anexo específico de cada Servicio.
1.1 Objeto. Esta Declaración explica cómo SWAPPERS selecciona, contrata, integra y supervisa a entidades independientes que aportan tecnología, liquidez, pagos, emisión, cuentas, custodia, financiación, control de colateral, verificación, seguridad, datos u otros componentes necesarios para los Servicios.
1.2 Alcance. Se aplica a relaciones B2C y B2B, a servicios prestados directamente por SWAPPERS y a cadenas con uno o varios participantes locales o internacionales. No significa que todos los Servicios estén disponibles en todos los países ni para todos los Clientes.
1.3 Función informativa. La publicación de esta Declaración no activa un producto, no constituye por sí sola oferta, mandato, apertura de cuenta, custodia, crédito o autorización para operar. La relación concreta nace únicamente mediante los documentos y aceptaciones aplicables.
1.4 Prevalencia. Las normas imperativas prevalecen. Para una operación concreta, la Ficha Específica y la Orden determinan los participantes y datos materiales; el Anexo de Servicio regula la vertical; y los Términos Generales establecen el marco común.
2.1 PSAV y sujeto obligado. SWAPPERS realiza o puede realizar actividades comprendidas en la categoría peruana de Proveedor de Servicios de Activos Virtuales y se encuentra sujeta a la supervisión de la UIF-Perú exclusivamente en materia de prevención del lavado de activos y del financiamiento del terrorismo, conforme a la normativa aplicable.
2.2 Alcance limitado. Dicha condición no constituye una licencia bancaria, financiera, de dinero electrónico, de valores, de seguros, de emisión de tarjetas o de captación de depósitos; tampoco supone aprobación estatal de los activos, rendimientos, precios, solvencia o productos de SWAPPERS.
2.3 Base jurídica de la actividad. La base de cada Servicio resulta de la capacidad societaria de SWAPPERS, el régimen peruano aplicable, la naturaleza material de las funciones que asume, los contratos celebrados con el Cliente y con los participantes, y —cuando una actividad sea reservada— la intervención efectiva de la entidad habilitada para prestarla.
2.4 Regímenes adicionales. La condición PSAV no sustituye los permisos, registros, comunicaciones, límites de intereses, normas de pagos, protección al consumidor, protección de datos, valores, crédito, fiscalidad, sanciones u otras exigencias que correspondan a un producto o territorio.
Proveedor Estratégico. entidad independiente que aporta un componente material del Servicio bajo contrato y controles de SWAPPERS o de otro participante responsable.
Proveedor de Registro. entidad identificada ante el Cliente como prestadora contractual o regulada de un componente —por ejemplo, emisión, cuenta, custodia o crédito— y responsable de las obligaciones que la ley o su contrato le atribuyen.
Proveedor Auxiliar. entidad de soporte que no determina por sí sola la naturaleza jurídica del producto, como nube, comunicaciones, analítica, soporte técnico o verificación, sin perjuicio de sus deberes propios.